Argentina debería pagar a acreedores privados
5 de julio de 2007En un comunicado divulgado hoy (05.07.07), los jueces fortalecieron los reclamos de inversionistas privados alemanes que exigen de Argentina el pago de intereses y capital de acuerdo con las condiciones establecidas originalmente en los bonos.
De acuerdo con el fallo de la Corte Constitucional dado ahora a conocer, las reglas de derecho internacional relacionadas con el Estado de emergencia económico pueden aplicarse sólo a la relación entre Estados, pero no a las del Estado con particulares.
En el voto mayoritario, los jueces reconocieron que diversas cortes internacionales (International Centre for Settlement of Investment Disputes, Corte Internacional Permanente, Comisión de Arbitraje Mixta Franco-Venezolana) han tomado en cuenta la proclamación del estado de emergencia como justificación de no pago.
Sin embargo, agregaron, ello no permite trasladar ese estado de emergencia económica a las relaciones del Estado con particulares: las situaciones de emergencia siempre se refirieron a obligaciones entre Estados, no existiendo práctica unitaria en el sentido de que ello sea posible también con respecto a inversionistas privados.
Un voto en contra
Una juez, Gertrude Lübbe-Wolff, sin embargo, contradijo al resto de sus colegas, argumentando que una situación de emergencia estatal bien puede aplicarse también a la relación del Estado con los particulares, en tanto el cese de pagos sirva para asegurar elementalmente la seguridad y la existencia del Estado.
Debido a una crisis financiera que comenzó en 1999, Argentina colocó en esos años deuda del Estado en considerables volúmenes en los mercados internacionales. Inversionistas alemanes compraron bonos. El 23 de diciembre de 2001, la Argentina se declaró insolvente, apelando al estado de emergencia económica, y suspendió los pagos, tanto de intereses como de capital.
Historia de un default
En 2005, el Gobierno argentino llegó a un arreglo con más de tres cuartas partes de los acreedores, por el que éstos renunciaron a entre el 50 % y el 75 % de sus derechos de cobro originales. De esa forma, Argentina pudo reducir su deuda externa en unos 20.000 millones de euros. Fue el mayor default de un Estado en la historia contemporánea.
Los viejos bonos fueron cambiados por nuevos de menos valor, que devengan intereses más reducidos y tienen plazos más largos. Luego de arribar al acuerdo con la gran mayoría de sus acreedores, Argentina reanudó los pagos de intereses y capital bajo las nuevas condiciones.
En Alemania, un grupo de acreedores no el aceptó el cambio de los bonos originales por los nuevos e inició una larga marcha a través de las instituciones judiciales, interponiendo demanda ante los juzgados civiles de Fráncfort.
Como en los procesos aún pendientes desempeña un papel relevante el derecho internacional, el Juzgado de Primera Instancia de Fráncfort pasó en 2003 el caso a los máximos jueces, para aclarar la cuestión de si un Estado, convocando una situación de emergencia económica, puede negarle el pago a particulares.
Con el fallo dado a conocer hoy, la demada de los acreedores privados puede ahora seguir su curso ante el Juzgado de Primera Instancia de Fráncfort del Meno.